Disposiciones generales
Artículo 1. Denominación y naturaleza
Con la denominación de Fundación Sonrisas, Arte y Cultura Colino, se constituye una organización privada de naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro, cuyo patrimonio se halla afectado, de forma duradera, a la realización de los fines de interés general que se detallan en el artículo 6 de estos Estatutos.
Artículo 2. Personalidad Jurídica y capacidad
La Fundación, una vez inscrita la escritura pública de su constitución en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.
Artículo 3. Régimen
La Fundación se regirá por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, y las demás disposiciones legales vigentes, por la voluntad del Fundador manifestada en estos Estatutos y por las normas y disposiciones que, en interpretación y desarrollo de los mismos, establezca el Patronato.
Artículo 4. Nacionalidad y domicilio
- La Fundación que se crea tiene nacionalidad española.
- El domicilio de la Fundación radicará en Plaza Jabonera, 3, local 3. 06700 Villanueva de la Serena (Badajoz).
- El Patronato podrá promover el cambio de domicilio, mediante la oportuna modificación estatutaria, con inmediata comunicación al Protectorado, en la forma prevista en la legislación vigente.
Artículo 5. Ámbito de actuación
La Fundación desarrollará principalmente sus actividades en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si bien también tiene interés en desarrollar su actividad sin ánimo de lucro en Andalucía, así como, si fuera necesario, en todo el ámbito del territorio nacional español.